Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100392
Legislatura: 1894-1895
Sesión: 23 de Noviembre de 1894
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 9, 131-132
Tema: Discurso sobre presentación en el Congreso del proyecto de la ley reformando la segunda columna del arancel

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): No he dicho yo que persiga el Gobierno el mismo objeto con el proyecto de ley presentado en el Congreso y con los tratados de comercio pendientes en el Senado. No; lo que he dicho es que, una vez que por la oposición que hace la Comisión para sacar adelante los tratados de comercio, si llegara en ese estado de cosas el 1º de Enero nos haría romper las relaciones mercantiles con todo el mundo. (El Sr. Duque de Tetuán: ¿Por qué?) Por una razón muy sencilla, porque se acaban entonces los modus vivendi (El Sr. Duque de Tetuán: No es exacto), y porque además las otras Naciones seguirán el ca- [131] mino trazado por Alemania. (El Sr. Duque de Tetuán: La responsabilidad será del Gobierno de S. M.)

Es claro, pero siempre sería de lo que se oponen a la discusión de los tratados, y como no quiero yo esa responsabilidad, me propongo demostrar a todas las Naciones extranjeras que hago lo posible para no romper con ellas nuestras relaciones mercantiles. Y ¿cuál es el fin que perseguimos nosotros? Pues el fin que perseguimos con el proyecto de ley presentado en el Congreso, es que no se rompan las relaciones mercantiles con los demás países, y que, si se rompen, sea sólo muy provisionalmente y por poco tiempo.

Éste es el fin, y eso, ¿qué tiene que ver con las prerrogativas del Senado porque tenga aquí sus tratados? No tiene que ver nada, puesto que no es el mismo objeto, aunque se persiga el mismo fin. Perseguimos con los tratados de comercio el fin de establecer y tener relaciones con los países que convenga tenerlas. ¿No lo podemos conseguir por medio de los tratados? Pues vamos a ver si podemos lograrlo por medio de esa ley, haciendo una tarifa autónoma, la cual, como ha dicho muy bien el señor García Barzanallana, es un dislate, pero ha dado en llamarse así para abreviar tiempo.

Y como el fin puede ser igual en dos proyectos de ley, y, sin embargo, no ser el objeto el mismo (que es lo que marca la ley de relaciones entre ambos Cuerpos Colegisladores) no hay conflicto entre los dos Cuerpos, hasta el punto de que todos recordaréis que se han presentado a la vez tratados de comercio en una y otra Cámara, y entonces sí que se puede decir que, no sólo es el mismo el fin de los proyectos presentados en el Congreso y en el Senado, sino que es el mismo el objeto, sobre todo cuando al presentarse estos tratados se establecía la cláusula de Nación más favorecida. ¿Por qué? Porque al aprobar el Senado un tratado resultaba que aprobaba tarifas que afectaban al tratado pendiente en el Congreso, puesto que por el trato de Nación más favorecida todo lo que hacía el Senado iba a refluir en el proyecto del Congreso.

Pues, Sres. Senadores, sin embargo de esto, a ningún partido se le ha ocurrido decir que se quebrantaba la ley de relaciones de ambos Cuerpos Colegisladores.

Por consiguiente, no exageremos las cosas, porque si se va a exagerar el art. 7º de la ley de relaciones, todo eso de los tratados presentados simultáneamente en los Cuerpos Colegisladores no podría haberse hecho.

Pero es más; desde el momento en que en uno de los dos Cuerpos está presentada la ley de presupuestos, apenas si se podría tratar de asunto alguno en la otra Cámara, porque casi no hay asunto, sobre todo en lo que se refiere a la administración, que no influya poco o mucho en la cuestión económica del país.

Yo insisto en que el Gobierno, para perseguir el fin noble y patriótico de restablecer, si se quebranta, o de continuar las relaciones mercantiles con los demás países, se ha visto obligado a acudir al Congreso pidiendo una revisión de la segunda columna del arancel actual, una modificación del vigente régimen arancelario, y que eso que tiene que hacerlo el Congreso, puede hacerse en absoluto sin quebrantar ninguna de las prerrogativas del Senado, que es dueño de continuar discutiendo estos tratados cómo y cuándo lo tenga por conveniente.



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